Escribir de los setenta y un (71) años, del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales no es sencillo, son generación que han participado en brindar la protección social a la clase trabajadora que todos los días con su trabajo logra el crecimiento y desarrollo del país que tenemos hoy.
Te invito a continuar leyendo sobre setenta y un años de historia.
La aplicación de los Seguros Sociales en Venezuela es un modelaje de los sistemas externos existente para los años 1940, basados en la búsqueda de la protección ante los riesgos de la vida.
Los primeros pasos fueron dados en los comienzos del siglo XX con la promulgación de la Ley de Minas en el año 1909, el cual limita la jornada de trabajo a 12 horas. Posteriormente entra en vigencia la Ley de Talleres y Establecimientos Públicos en la que se obliga al patrono a tomar medidas para garantizar la vida de sus obreros.
Para el año 1928 se promulga la primera Ley del Trabajo, el gobierno de ese entonces dirigido por el presidente Gómez, aplica importantes disposiciones sobre higiene y seguridad industrial, días hábiles para trabajar, el trabajo en las mujeres, menores y riesgos profesionales.
Pero no es sino hasta el 16 de julio de 1936, fecha en la cual se promulga la Ley del Trabajo. Con asesoramiento de la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), comienza a recogerse los lineamientos de diversos Convenios ratificados con posterioridad por Venezuela, donde se establecen el derecho de asociación, contratación colectiva, huelga y por primera vez se comienza hablar de Seguridad Social.
En 1938 se invitan a los doctores Antonio Zelenka y Cyrylle Deschamps, expertos en el área de la Seguridad Social, quienes serían los encargados de presentar un estudio referente a los Seguros de Enfermedad, Maternidad, Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Proyecto que fue presentado por el Ministerio del Trabajo y Comunicación al Congreso de la República el 24 de mayo de 1938, obteniendo como resultado la no aprobación, posteriormente se incluyeron al documento las contingencias de invalidez y vejez, pero se obtuvo el mismo resultado anterior.
El 24 de julio de 1940, el Congreso de la República aprueba el proyecto de ley presentado por el Ministerio del Trabajo y los técnicos de la OIT, sancionando la primera Ley del Seguro Social y creando el Instituto Central de los Seguros Sociales. Ley de avanza por ser desarrollada con la experiencia mundial sobre la materia de protección social.
Con el Reglamento General de la Ley de Seguros Sociales promulgado el 19 de febrero de 1944, inicia las funciones el 9 de octubre de ese mismo año, el Instituto Central de los Seguros Sociales y abre las puerta la primera Caja Regional ubicada en el Distrito Federal.
Se continuaron los trabajos para la extensión de la protección de los riesgos en materia de vejez, invalidez, muerte y paro forzoso. Fueron designados los Dres. Luis A. Mijares Ulloa, Víctor Masjuan Teruel y José Bruzual para preparar un proyecto de pensiones.
Para 1964 se introduce en la Cámara Legislativa del Congreso la nueva Ley del Seguro Social Obligatorio, la cual sería aprobada el 22 de julio de 1966, y recibió el ejecútese el 11 de julio de ese mismo año y entraría en vigencia el 1° de enero de 1967. Momento en el cual por primera vez están cubiertos los riesgos de vejez, invalidez, sobreviviente, incapacidad parcial, nupcias, enfermedades y accidentes profesionales y maternidad.
Con la promulgación de la ley se establecen dos (2) tipos de regímenes: El General que prevé los riesgos de corta y larga duración y la atención médica y el Parcial que sólo prevé los de largo plazo como las prestaciones dinerarias (Vejez, Invalidez, Incapacidad, Sobreviviente)
Para el año 1985 se extiende el Seguro Social a la contingencia de paro forzoso, mediante el decreto 609, del 8 de mayo del mismo año, Posteriormente el 23 de noviembre de 1989 en Decreto N° 599 se promulga el Reglamento del Seguro Social a la Contingencia del Paro Forzoso. Entra en vigencia el 01 de diciembre de 1989.
El 24 de abril de 1991, se modifica el Reglamento del Seguro Social, incluyéndose la Contingencia de Paro Forzoso, ampliándose la cobertura e incrementándose el porcentaje de las prestaciones y aporte.
Posterior a este proceso de formación, el instituto fue afectado por la crisis económicas mundiales, social y administrativas que desembocaron en el planteamiento de una restructuración del Instituto. Proceso que contemplaba la privatización y eliminación de la Institución segurista más importante de Venezuela. Todo esto amparado en la fórmula de presentada por los Organismo Internacionales como: Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Internacional de Desarrollo.
El gobierno nacional, presidido por el Dr. Rafael Caldera (1994- 1999), forzado por la crisis existente y las recomendaciones de la banca multilateral, logra conformar una comisión tripartita, integrada por representantes del ejecutivo, del sector empresarial privado y de las confederaciones sindicales, a la cual le encomienda tomar decisiones en dos áreas vitales para los trabajadores venezolano: el régimen legal de prestaciones sociales y la Seguridad Social.
Para el 19 de junio de 1997, el Presidente de la República promulgó solemnemente, la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo , y el 30 de Diciembre del mismo año, la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (LOSSSI). La ausencia del debate y poderosos intereses financieros nacionales e internacionales precipitaron la aprobación de este texto.
Mediante una Ley Habilitante se le autoriza al presidente de la República para dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera publicada en la Gaceta Oficial N° 36.531 del 03 de Septiembre 1998.
Permitiendo que el 09 de Octubre de 1998 se apruebe el Decreto con rango y fuerza de Ley, que elimina el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Y la de los Decretos con rango y fuerza de Ley que regulan los Subsistemas de Pensiones, Paro Forzoso, y Capacitación Profesional, Vivienda y Política Habitacional. Publicados en Gaceta Oficial N° 36.675 del 05 de Noviembre 1998.
El 15 de diciembre de 1999, el pueblo mediante el voto popular aprueba la enmienda a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la cual en su artículo 86 se establece: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo, que garantice la salud y asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de previsión social. El Estado tiene la obligación de asegurar la efectividad de este derecho, creando un Sistema de Seguridad Social Universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo, de contribuciones directas o indirectas…”
Definidos las base de la nueva institucionalidad de la seguridad social plasmado en el artículo anterior, se comienza la construcción de la Ley del Sistema de Seguridad Social, que fue publicada en Gaceta Oficial N° 37.600 del 30 de diciembre del 2002.
Lo demás es historia contemporánea...
CONCLUSIONES
El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales paso por años gloriosos, Pero gobiernos divorciados de la protección social vinieron socavando la humilde Institucionalidad e instaurando vicios como la corrupción, absentismo laboral y cualquier tipo de irregularidad, hechos provocaron la caída del Institución Segurista más importante de Venezuela.
Gracia a políticas sociales incluyente podemos hablar de un nuevo Sistema de Seguridad Social Universal, Integral y de financiamiento solidario, como lo contempla nuestra Constitución.
Son 71 años brindando protección al Pueblo Venezolano.
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