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La Seguridad Social… Derecho Universal



La Seguridad Social se remonta a los inicios de la historia de la humanidad, ya que el carácter gregario y por ende solidario del género humano contribuyó a generar prácticas de apoyo a los miembros más desprotegidos de las diversas comunidades. Posteriormente, diversas organizaciones religiosas comenzaron a ocuparse de la asistencia o caridad hacia los pobres, contribuyendo a mitigar el hambre o las consecuencias de las pestes o enfermedades que afectaban a las poblaciones más vulnerables.




En Venezuela, Simón Bolívar fue uno de los visionarios de la seguridad social al afirmar en 1819 que “El sistema de gobierno más perfecto es el que produce la mayor suma de felicidad posible, mayor suma de Seguridad Social y mayor estabilidad política”.




El comienzo de la revolución industrial y el desarrollo del capitalismo generaron un proceso que lejos de proveer mejores condiciones de vida a los trabajadores y sus familiares, paradójicamente las empeoró. Motivando a los obreros, incentivados y guiados por las prédicas del Karl Marx, quien en su obra El Capital denuncia las injusticias del sistema capitalista de producción.

La presión de las luchas obreras en Europa llevó a que en Alemania el Canciller Bismark instaurara, entre 1882 y 1889, el primer régimen amplio de seguro social, que incluía un seguro de invalidez y vejez. Este régimen cubría a los trabajadores asalariados, siendo las afiliaciones obligatorias, financiándose y administrándose en forma tripartita, es decir con el concurso del Estado, Trabajadores y empleadores



Para conocer los hitos de la evolución del derecho humano a la seguridad social han sido sistematizados por Rodolfo Romero:

  • 1906: Los trabajadores franceses, en la Carta de Amiens, reivindican el derecho a la seguridad social
  • 1911: Inglaterra implanta el seguro de desempleo
  • 1917: La Revolución Mexicana tendrá luego una gran influencia en el desarrollo de un Sistema de Seguridad Social, ya que consagra ese derecho en el artículo 123 de la Constitución de 1917, aprobada en la ciudad de Querétaro. El artículo 123 se convirtió en la Carta de Derechos de los Trabajadores.
  • 1919: Al culminar la Primera Guerra Mundial, la creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a través de la Declaración XIII del tratado de Versalle, significó la consolidación de políticas sociales para proteger a los trabajadores ante todo tipo de riesgo.
  • 1927: Se constituye en Bélgica, con los auspicios de la OIT, la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS)
  • 1935: Se implanta en los Estados Unidos el primer sistema de Seguridad Social para la vejez.
  • 1938: En Nueva Zelanda se implanta un sistema de Seguridad Social, durante el desarrollo de la Segunda Guerra Mundial
  • 1942: El ingles William Beveridge desarrolla un plan integral de seguridad social destinado a reformar y fortalecer el seguro social, planteando que el Estado garantice a través de impuestos la universalización de la seguridad social, lo que permitiría brindar cobertura a sectores de la población no incluidos en el mercado formal de trabajo.
  • 1944: La Declaración de Filadelfia de la OIT reconoce formalmente la seguridad social como derecho humano, promoviendo “la obligación de sustentar una Seguridad Social Integral”.
  • 1948: La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su articulado 22, consagra a la seguridad social como un derecho esencial: “Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”. Adicionalmente el artículo 25 establece que: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 
  • 1952: La OIT, en su Conferencia Anual, aprueba el 28 de junio de 1952 el Convenio N° 102 Relativo a la Norma Mínima de la Seguridad Social, que refleja las obligaciones mínimas que los Estados deben respetar y garantizar.
  • 1961: Los Gobiernos signatarios, miembros del Consejo de Europa, aprueban la Carta Social Europea que garantiza los derechos sociales, entre ellos el derecho a la seguridad social.
  • 1995: El Comité de Derecho Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidad aprueba la Observación General N° 6 sobre los derechos económicosm sociales y culturales de las personas mayores, con la que se busca reafirmar dichos derechos para ese importante sector social de la humanidad, destacando entre ellos el derecho humano a la seguridad social.

Para la década de los años 80 se comienza a desarrollar un proceso mundial de implantación de políticas de ajuste estructural, impulsadas fundamentalmente por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, políticas en la que privan a las recetas de privatización de los servicios públicos, que afectan también a la educación, a la salud y la seguridad social.


Estas políticas imponen la reducción del papel del Estado y el consecuentes recorte a la inversión social en áreas vitales para el desarrollo social como la salud, la educación y los servicios públicos esenciales. En el área de la seguridad social, se impulsa la restricción del acceso al derecho a la seguridad social universal y solidaria, producto de las exigencias de los sistemas de privatización total o mixta, que no logran resolver el problema de la cobertura de amplios sectores de la población excluidos del sistema.

Hugo Andrés Leal Meléndez
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