Continuando con el tema del salario en Venezuela, en esta oportunidad hablaremos sobre el salario normal que es utilizado para la cancelación de algunas bonificaciones establecidas en contrataciones colectivas en los organismos público y privados.
La Ley Organica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras establece en su articulo 104 parrafo tercero que es la remuneración devengada por el trabajador en forma regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan fuera de este concepto las percepciones de carácter accidental, la derivadas de las prestaciones sociales y las que la ley no considere que tiene caracter salarial.
REITERADA, PERMANENTE, PERIODICA Y SEGURA
En resumen podemos concluir que el Salario Normal para identificado cuando es pagado en forma "reiterada, permanente, periódica y segura", es decir, no debería estar "sometido a condición" porque en ese caso se estaría imprimiendo un elemento aleaorio al concepto que se pretende considerar como salario normal.
EJEMPLO
Un trabajador que devenga un Salario Básico al mes de 10.000 Bs. pero su jornada es nocturna y recibe un pago adicional equivalente al 30% por recargo de Bono Nocturno de 3.000 Bs y supongamos que también devenga otro bono de forma regular y permanente por productividad equivalente al 15% del salario Básico, es decir, equivalente a 1.500 Bs, en ese caso su Salario Normal resultaría de sumar el Salario Básico más el recargo del 30% del bono nocturno + recargo por productividad. (S. Básico Bs 10.000 + 3.000 +1.500 = Bs 14.500 )
En este caso el salario Normal es el resultado de sumar al básico más las percepciones de carácter normal, regular, permanetes, certeras, periódicas y de carácter salarial devenga el trabajador que fue el bono nocturno y el bono por productivida.
En este caso el salario Normal es el resultado de sumar al básico más las percepciones de carácter normal, regular, permanetes, certeras, periódicas y de carácter salarial devenga el trabajador que fue el bono nocturno y el bono por productivida.
CONCEPTOS QUE NO FORMAN PARTE DEL SALARIO NORMAL
- Las percepciones de caracter accidental no regulares ni permanentes (Ejm. sobre tiempo u horas extras)
- Las que no se tenga certeza o periodicidad (Ejm. Un bono fortuito por cumplimiento de metas).
- Prestaciones Sociales
- Los beneficios no salariales o de carácter no remunerativo.
CONCEPTOS PAGADOS CON BASE AL SALARIO NORMAL
- Días de difrute de vacaciones; bono vacacional; bono nocturno; horas extras; días de descanso y días feriados.
- Contribución Parafiscal
- Aporte al Seguro Social.
- Aporte al Régimen Prestacional de Empleo.
Buenas noches tengo una duda la ley define el salario normal el sueldo primas y bonos y u otros conceptos de forma regular y permanente, ahora bien si ese salario es el que se toma para el calculo de horas extras y dias de descanso feriado que pasa con un trabajar q mensualmente cobra bono nocturno y horas extras cada mes el salario va a aumentado a efecto de calcular de nuevo los beneficios
ResponderEliminarBuenas noches tengo una duda la ley define el salario normal el sueldo primas y bonos y u otros conceptos de forma regular y permanente, ahora bien si ese salario es el que se toma para el calculo de horas extras y dias de descanso feriado que pasa con un trabajar q mensualmente cobra bono nocturno y horas extras cada mes el salario va a aumentado a efecto de calcular de nuevo los beneficios
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