Si eres una persona que quieres dejar
tu empleo formal porque tomaste la decisión de ser tu propio jefe o cesó las
actividades donde trabajabas, puedes continuar con tus derechos de la Seguridad
Social, aún cuando no estés bajo la dependencia de un patrono.
Cuando tomas esa decisión de trabajar
como empresario, profesional emprendedor, persona con un oficio o simplemente
ya no deseas trabajar para una empresa, comenzaras a percibir honorarios,
colaboraciones, comisiones y/o retribuciones por los trabajos realizados.
Encontrándote en esta situación
puedes continuar inscrito en el Seguro Social a través de la Continuación
Facultativa reformada el 24 de Abril de 2012 en el Decreto N° 8.922, donde se
suprime el articulo 7, y se modifica de la siguiente manera: "Los
trabajadores y trabajadoras no dependientes podrán inscribirse en el Instituto
Venezolano de los Seguros Sociales y adquirirán la situación de asegurados y
aseguradas con derecho a todas las prestaciones"
Esta modalidad está dirigida a las
personas que no se encuentran percibiendo un salario por un contrato de
trabajo, pero necesita cotizar para asegurar la protección de él y sus
familiares
Los asegurados por cuenta propia (No
dependiente) cuentan con las prestaciones establecidas en la Ley del Seguro
Social como son Pensiones por Invalidez, Sobreviviente y Vejez.
Limitaciones
Como trabajador independiente
debes asumir todo el porcentaje que se debe cancelar a la Seguridad
Social, para esto se estimará el ingreso mensual, y a éste se le aplicara el
13% para conocer el monto a cancelar por cada cotización. Articulo 7, del
reglamento
Nota
La inscripción la podrá realizar en la
Oficina Administrativa mas cercana a su domicilio, con solo presentar su cédula
laminada e indicar su remuneraciones mensuales.
Te invito a inscribirte al Seguro
Social y asegurar tu vejez!
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